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El pasado 15 de noviembre, tras la demanda colectiva presentada en solitario por CGT ante la Audiencia Nacional, en la mediación previa del SIMA (Servicio Interconfederal de Mediación y Arbitraje), Covisian España y CGT hemos alcanzado un acuerdo que mejora sustancialmente el artículo 30.1.b del Convenio de Contact Center en cuanto al permiso retribuido por enfermedad, hospitalización y/o reposo de pariente.

Mazo de un juez sobre papeles legales

El acuerdo manifiesta de forma explícita que los 5 días de permiso retribuido que desde junio establece el Estatuto de los Trabajadores, desde ahora en Covisian serán computados solo en días laborables para la persona trabajadora por lo que no contarán los fines de semana, los festivos ni los días de libranza.

Este acuerdo sienta un precedente único en el sector de telemarketing puesto que, a la entrada en vigor de las nuevas medidas de conciliación en junio, las empresas de contact center están interpretando la norma a su antojo y los 5 días de permiso lo están cotando en días naturales por lo que las personas trabajadoras que se acogen a este artículo terminan disfrutando, en algunos casos, de solo tres días como antes, dos, o menos si los días de disfrute coincide con días no laborables.

En Covisian teníamos un acuerdo en base a los 3 días de permiso establecido en el convenio, pero la empresa estaba decidida a no reconocer porque dicho acuerdo se firmó sobre la base de una normativa distinta, según ellos. Nos parece extraño que, el día de la negociación, UGT que defiende como suyo el anterior acuerdo, no le interesó seguir manteniéndolo y estaba dispuesto a firmarle cualquier cosa a la empresa.

En el debate, Covisian decía que no iba a salirse del marco del convenio y que dejaba fuera el citado acuerdo, CGT pusimos sobre la mesa pactar una de dos cosas, mantener el fraccionamiento de los días de disfrute o que los 5 días de disfrute sean solo sobre días laborables, que en sí es casi lo mismo que el fraccionamiento. Finalmente se acordó que los 5 días de disfrute serán en días laborables continuados para la persona trabajadora en un periodo de 10 días naturales contados a partir del primer día laborable del trabajador y la trabajadora. Esto quiere decir, por ejemplo, en Semana Santa, si nuestro familiar o conviviente tiene un problema de salud el jueves santo, los 10 días comenzarán a contar desde el lunes pasado al puente y el permiso se podrá pedir como límite; el jueves siguiente, viernes - saltándose el fin de semana - volviendo a retomarlo el lunes, martes y miércoles que sería el décimo día.

El documento también contiene que, a las personas que Covisian obligó devolver en trabajo los días disfrutados como se hacía anteriormente, ahora tiene que compensarles con días libres que podrán disfrutarlo hasta marzo del 2024.

Con este acuerdo, que fue aplaudido y apoyados por todos los sindicatos, paramos los pies a Covisian sobre la privación de este derecho a las plantillas y nos posicionamos por delante del resto de empresa del sector además de adelantarnos a los movimientos que por nuestro logro ha emprendido también la coordinadora de telemarketing.